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Servicio Social Estudiantil Obligatorio (SSEO)

Por: Leonardo Hoyos - Coordinador

 

Presentación

 

El Servicio Social Estudiantil Obligatorio (SSEO) se establece a través del artículo 39 del decreto 1860 de 1994 y se reglamenta mediante la resolución 4210 del 12 de septiembre de 1996. El Servicio Social tiene como propósito integrar a los estudiantes de educación media a la comunidad para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico, colaborando en los proyectos y trabajos que esta lleva a cabo. Estas actividades pueden ser ejecutadas por el establecimiento educativo en forma individual o en conjunto con entidades gubernamentales y no gubernamentales, especializadas en la atención a las familias y comunidades.

Procedimiento

 

  • Los estudiantes de los grados 10º y 11º, prestarán su Servicio Social únicamente en la Institución Educativa. No se hace valida la labor social que se realice por fuera de la Institución, salvo aquella producto de convenios interadministrativos o por delegación directa de entes gubernamentales.

  • El Coordinador Académico se encargará de establecer y publicar el cronograma de Servicio Social para el respectivo año lectivo.

  • Los Directores de Proyectos de Servicio Social Estudiantil Obligatorio (SSEO) presentarán sus propuestas, las cuales incluirán: título, presentación, justificación objetivos, descripción de la comunidad beneficiada, cronograma de actividades, recursos, Anexos. De la misma manera se encargarán de determinar el número máximo de estudiantes que inscribirán en su Proyecto.

  • Los estudiantes deben inscribirse únicamente y por una sola vez en un Proyecto de SSEO, y no pueden retirarse e inscribirse en otro u otros, salvo casos excepcionales que deberán ser analizados en el Comité de SSEO.

  • La inscripción de los estudiantes debe realizarse exclusivamente en el grado 10º. Los estudiantes nuevos que ingresen a los grados 10º y 11º se inscribirán en el proyecto elegido en el grado que se matriculen. La inscripción se realizara a través de la web institucional www.jecaro.edu.co

  • Una vez publicadas las listas de inscritos, los estudiantes deben encontrase con sus respectivos Directores de Proyecto de  SSEO, para que sean orientados en la realización de su trabajo.

  • Cuando el trabajo de Servicio Social requiera de la utilización de tiempo en contra jornada, el padre de familia debe otorgar el permiso por escrito, para la realización de  las actividades, y entregarlo al Director del Proyecto de SSEO, en los plazos estipulados.

  • Un estudiante del grado 10º puede ser retirado provisionalmente en la prestación del SSEO, si completa el 10% o más de las inasistencias injustificadas, calculadas sobre el total del tiempo del Proyecto de SSEO, por lo que solo podrá retomarlo y terminarlo cuando este en el grado 11º. En la eventualidad que el estudiante haya superado el 50% de las horas determinadas en el proyecto, se harán validas únicamente la mitad de las horas realizadas;  el tiempo restante se completará en el mismo proyecto cuando curse el grado 11º.

  • Los estudiantes de grado 11º que completan el 10% o más las inasistencias injustificadas, calculadas sobre el total del tiempo del Proyecto de SSEO, podrán finalizar su trabajo de Servicio Social, pero deberán realizar el 10% más de horas pactadas en su proyecto de SSEO.

  • Los estudiantes de los grados 10º y 11º pueden ser sancionados hasta con el 20% adicional del tiempo pactado en su Proyecto de Servició Social, cuando cometan faltas contra el manual de convivencia, relacionadas con la prestación de su SSEO. Las faltas que ocasionen la salida del estudiante de la Institución Educativa, lógicamente producen el retiro definitivo del estudiante del Programa de  SSEO y por consiguiente la no certificación del tiempo realizado.

  • Los Directores de Proyectos de SSEO, entregarán al Coordinador Académico, al finalizar cada periodo, los reportes de horas realizadas y de la inasistencia, en los formatos que se disponga para tal fin.

  • Los estudiantes nuevos que certifiquen la realización del SSEO en otra Institución Educativa, no están obligados a prestar este servicio en la Institución Educativa. Su tiempo de SSEO, se acepta en su totalidad. Dicha certificación debe ser entregada al Coordinador Académico durante los primeros veinte (20) días calendario después de haber iniciado actividades académicas, caso contrario no se validará su Servicio.

  • El Coordinador Académico, certificará a los estudiantes, una vez concluyan el SSEO.

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